El rio Pance es el ultimo de los siete ríos que le queda a Cali con usos recreativos. Cali es la capital del Valle del Cauca. Los otros seis han sido afectados por la intervencion antropica y por proyectos similares al que amenaza al río Pance, proyecto solicitado por la Empresa de Servicios Públicos de Cali, (Emcali); mediante la construcción de un acueducto para surtir aguas del río Pance para el consumo de la población del Sur de Cali, que presenta una expansión urbana hacia el vecino municipio de Jamundi. Este proyecto se pretende adelantar sin estudios y sin contemplar alternativas, para lo que requiere de la concesión de aguas por parte de la Corporacion Autonoma Regional del Valle del Cauca (CVC) y su inclusion en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) del Municipio de Cali. Este proyecto amenaza irresponsablemente la violacion de derechos e intereses colectivos y la destruccion de una zona ecologica importante, con grave impacto social, ambiental, economico y politico.
En defensa de estos derechos y de los principios de Participacion y Precaucion, se entablo desde el 9 de marzo de 2005, una Accion Popular (No. 2005/0888)contra Emcali, el municipio de Cali y la CVC. La Accion Popular realizada por las comunidades de Pance, en cabeza del señor Janio Jaramillo Flechas, es un instrumento legal de la normatividad colombiana (RdC: Ley 472/1998), orientado a garantizar la defensa y protección de los derechos e intereses colectivos, así como los de grupo plural de personas. La Accion Popular fue establecida en los juzgados de la ciudad de Cali. Dada la falta de criterio técnico y de estudios por parte de EMCALI que sustentaran su solicitud, los demandantes solicitaron un perito idoneo que conceptuara sobre el proyecto y que mejorara la toma de decisiones no solo en Derecho sino sobre todo respondiendo a una solución que integrara los aspectos sociales, técnicos, ambientales y económicos. Esta solicitud fue aceptada por la Juez y para ello contrato al Instituto CINARA de la Universidad del Valle que realizó un estudio interdisciplinario y en 2007 conceptuó desfavorablemente el proyecto de EMCALI, argumentando que los impactos socio-ambientales eran muy elevados y afectarian en forma irreversible el patrimonio recreativo mas importante de los caleños; y que habia otras formas de abastecer de agua la población del sur de la ciudad, a través de la extensión del sistema de acueducto existente dado que su capacidad era suficiente para ello. Paralelamente, las comunidades agitaron el debate encontrando apoyo en la Asamblea departamental del Valle del Cauca, la Gobernación del Valle a través de Corpocuencas y organizaciones de la sociedad civil como la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Corporación para la Recreación Popular y organizaciones ambientalistas.
Con base en el estudio de CINARA, el juez conceptuo favorablemente el derecho de las comunidades en 2008, negando la solicitud de concesión de agua para EMCALI. Sin embargo, esta institución apeló y el tribunal en 2010 dejo la decisión en manos de la autoridad ambiental (CVC), que es la autorizada por la Ley para negar o aceptar una solictud de concesión. Hasta ahora la CVC no ha emitido concepto alguno. Por su lado EMCALI ha estado buscando otras alternativas de abastecimiento de agua.
Key words: water, aqueduct, urbanisation, water supply
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